LA CORTE REITERÓ QUE LAS EPS NO PUEDEN INTERRUMPIR DE MANERA INTEMPESTIVA EL TRATAMIENTO DE LOS PACIENTES CON VIH CUANDO ESTOS NO TIENEN LA CAPACIDAD DE PAGO Y NO SE LES HA HECHO EFECTIVO SU TRASLADO AL RÉGIMEN SUBSIDIADO EN SALUD
La Sala Novena de Revisión amparó los derechos a la salud y a la vida digna de Genaro, un paciente de nacionalidad venezolana que fue diagnosticado con VIH, a quien la Nueva EPS le negó el servicio de salud. La accionada desafilió al paciente porque, a su juicio, este carecía de un documento válido de identificación y había incurrido en mora en el pago de los aportes en seguridad social.
El accionante consideró que la suspensión de la afiliación por parte de la Nueva EPS vulneró su derecho a la salud porque se interrumpió su tratamiento de antirretrovirales para su diagnóstico de VIH.
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CORTE AMPARA EL DERECHO A LA SALUD DE JOVEN A QUIEN LE DEMORARON AUTORIZAR LA VALORACIÓN POR JUNTA MÉDICA INTERDISCIPLINARIA EN SU PROCESO DE DIAGNÓSTICO DE SALUD MENTAL
La Sala Cuarta de Revisión amparó el derecho a la salud en su faceta de diagnóstico de una adolescente de 14 años a quien Compensar EPS no le brindó la debida diligencia para acceder a un diagnóstico efectivo que le permitiera conocer con certeza su condición de salud mental. La joven padece de trastorno afectivo bipolar, no obstante, presentó ciertos comportamientos de agitación y agresividad, por lo que se le ordenó una evaluación por junta médica, a fin de descartar otros trastornos mentales de mayor gravedad como autismo y/o asperger.
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EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO REGULARÍA EL SISTEMA NACIONAL DE JUSTICIA FAMILIAR EN COLOMBIA
El Ministerio de Justicia y del Derecho ha emitido un proyecto decreto que regularía el Sistema Nacional de Justicia Familiar en el país. Esta iniciativa, que reglamentaría disposiciones de varias leyes, incluyendo la Ley 2294 de 2023 y la Ley 2126 de 2021, establece los principios, objetivos y acciones que orientarán el funcionamiento de este sistema.
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CORTE ORDENA A INFLUENCER REALIZAR UNA PUBLICACIÓN QUE INFORME ACERCA DE LOS IMPACTOS NEGATIVOS QUE TIENEN LOS DISCURSOS DISCRIMINATORIOS Y DE ODIO CONTRA LA POBLACIÓN LGBTIQ+
La decisión obedece al análisis de una tutela presentada por un activista de la comunidad LGBTIQ+, quien manifestó que en la plataforma YouTube, a través de la cuenta de Luis Villa “Westcol”, se realizó una publicación con mensajes de odio contra la población LGBTIQ+.
El accionante dejó claro que “le preocupa que un influencer en redes sociales normalice el homicidio con dolo, la discriminación y la violencia sexual contra esa comunidad sin ningún tipo de restricción”.
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