CORTE CONSTITUCIONAL AMPARA DERECHO AL DEBIDO PROCESO DE PERSONA INVIDENTE QUE FUE VÍCTIMA DE UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO
La Corte Constitucional resaltó que las autoridades tienen el deber constitucional y legal de adoptar, de acuerdo con criterios de razonabilidad y proporcionalidad, ajustes razonables que garanticen que las personas en situación de discapacidad puedan ejercer sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones a las demás.
LEY 2318 DE 2023
(Agosto 25)
“POR MEDIO DE LA CUAL SE PROHÍBE EL USO DE ANIMALES PARA DISUADIR MANIFESTACIONES, MOTINES Y ASONADAS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
CORTE REITERA LOS EXHORTOS QUE HA HECHO AL CONGRESO PARA REGULAR EL AVANCE EN LA PROTECCIÓN DE LA MUERTE DIGNA
la Corte también insta a eliminar las barreras aún existentes para el libre ejercicio de la autodeterminación de las personas en aplicación de sus derechos fundamentales a una vida digna y al libre desarrollo de la personalidad y al respeto de la prohibición de tratos crueles, inhumanos y degradantes.
CORTE AMPARA DERECHOS DE ADULTO MAYOR, PACIENTE DE ONCOLOGÍA, A QUIEN SE LE NEGÓ EL SERVICIO DE ENFERMERÍA 24 HORAS
La Corte amparó los derechos a la salud, vida digna y seguridad social de un hombre de 75 años, quien fue diagnosticado con cáncer de próstata con metástasis a la columna, esternón y costillas, y no le fue concedido, por su EPS, el servicio de enfermera durante 24 horas que le prescribió el médico tratante.
REGISTRADURÍA DEBE ABSTENERSE DE SOLICITAR EL REGISTRO CIVIL EXPEDIDO EN EL EXTRANJERO APOSTILLADO PARA INSCRIBIR EXTEMPORÁNEAMENTE EL REGISTRO CIVIL EN COLOMBIA, CUANDO LOS SOLICITANTES ACREDITEN QUE NO PUEDEN OBTENER ESE DOCUMENTO
La Corte reiteró la jurisprudencia constitucional relacionada con el derecho a la personalidad jurídica de los hijos de padres y madres colombianos nacidos en Venezuela en la inscripción extemporánea de su nacimiento y su relación con el debido proceso administrativo.
EL ESCRACHE ES UN EJERCICIO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, UN MEDIO PARA PROTEGER LAS DENUNCIAS ANÓNIMAS Y UNA RESPUESTA A LA VIOLENCIA INSTITUCIONAL
En esta oportunidad, la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional estudió el caso de un hombre que pretendía que una publicación efectuada de manera anónima en la red social Facebook en la que se le atribuían actos de violencia sexual contra mujeres fuera eliminada y que la denunciante anónima se retractara. En el trámite en sede de revisión se constató que la persona que hizo la publicación de manera anónima acudió a las vías institucionales para denunciar los actos de violencia sexual y física de los que presuntamente fue víctima.