JUEZ DE LA REPÚBLICA FUE DESTITUIDA E INHABILITADA POR ENTREGAR TÍTULOS JUDICIALES A PERSONAS AJENAS A LOS PROCESOS

La Comisión Nacional de Disciplina Judicial destituyó e inhabilitó por diez años a Olga Patricia Molina Ramírez, en su calidad de Juez Quinta de Familia del Circuito de Medellín por incurrir en la falta disciplinaria prevista en el artículo 48 numeral 1º de la Ley 734 de 2002

en concordancia con el artículo 397 del Código Penal, esto es, el delito de peculado por apropiación, por autorizar la entrega irregular de doce títulos judiciales a personas ajenas a los procesos de divorcio, liquidación de la sociedad conyugal y de alimentos.

La actuación inició con la queja que presentó quien obraba como demandante en los aludidos juicios, quien expuso presuntas irregularidades, argumentando mala fe de la funcionaria y anomalías de su parte.

Con ponencia de la Magistrada Magda Victoria Acosta Walteros, la máxima autoridad de los funcionarios de la Rama Judicial demostró que la juez Molina Ramírez, realizó objetivamente la descripción típica del delito de peculado por apropiación, por cuanto se apropió, en provecho suyo o de un tercero, de bienes de particulares cuya administración, tenencia o custodia se le confió por razón o con ocasión de sus funciones.

La providencia advierte que «la funcionaria incurrió en el cargo endilgado, por cuanto, se comprobó que autorizó la entrega de los mentados títulos a dos personas espurias que no tenían ninguna relación con los tres procesos aludidos, ni se encontraban autorizados para recibir y cobrar los depósitos judiciales».

En el expediente, la disciplinada se allanó a los cargos advirtiendo que «orquestó y se concertó con cuatro personas particulares y ajenas a la función pública, durante un lapso de siete años hasta septiembre de 2017, para cobrar de manera ilícita títulos judiciales pertenecientes a procesos que se tramitaban en su despacho y que provenían de la imposición de medidas cautelares, alcanzando a recaudar por esa empresa criminal la suma de $940.835.721, entre los que se encontraban los doce títulos en los que se enmarca la presente investigación disciplinaria», indica la providencia.

La Comisión Nacional de Disciplina calificó como gravísima la falta endilgada a Olga Patricia Molina Ramírez, en su calidad de Juez Quinta de Familia del Circuito de Medellín argumentando que «la funcionaria inculpada era conocedora de que con su conducta trasuntaba en el plano de lo delictual y, aun así, sin apremio del cargo que ostentaba, ni de las consecuencias que ello le deparara, decidió de forma consciente y volitiva alejarse del debido actuar y adentrarse en la conducta reprochada».