Casas de refugio en el marco de la Ley 1257 de 2008 y se fortalece la Política Pública en contra de la violencia hacia las mujeres
La presente Ley tiene como objeto la implementación en el territorio nacional de las Casas de Refugio, como medida de protección y atención integral de acuerdo con lo estipulado en el capítulo V y VI de la Ley 1257 de 2008 en aras de proteger a las mujeres víctimas de violencia en todas sus formas y tipos, a sus hijos e hijas y personas dependientes si los tienen.