CORTE AMPARÓ DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA E INTEGRIDAD DE UN HOMBRE Y DOS MENORES DE EDAD QUE VIVÍAN EN UNA CASA CON RIESGO DE COLAPSO
La Sala Tercera de Revisión amparó los derechos a la vivienda digna e integridad personal de un hombre de 58 años, diagnosticado con una enfermedad pulmonar crónica, y padre cabeza de familia de dos menores de edad de 12 y 14 años.
El accionante invocó el amparo toda vez que en los linderos de su lugar de residencia se han dejado obras inconclusas de instalación de tuberías en un afluente de aguas residuales lo que ha provocado, con el pasar del tiempo, daños en su casa que, en criterio del demandante, superarían los 60 millones de pesos.
LA CORTE CONSTITUCIONAL AMPARA LOS DERECHOS DE UNA NIÑA A QUIEN LE NEGARON LA SUSTITUCIÓN PENSIONAL DE SU ABUELA TODA VEZ QUE ERA UNA HIJA DE CRIANZA
La Sala Novena de Revisión amparó los derechos al mínimo vital, a la seguridad social, a la vida en condiciones dignas y a la igualdad de Laura, una niña a quien la Secretaría de Educación Departamental del Cesar y la Fiduprevisora S.A le negaron la solicitud de sustitución pensional luego de que su abuela, madre de crianza, falleciera.
El progenitor de Laura invocó el amparo toda vez que la niña dependía económicamente de su abuela y las entidades accionadas se negaron a concederle la solicitud de sustitución debido a que la niña no era hija de la causante.
CORTE AMPARA DERECHOS DE FUNCIONARIA, VÍCTIMA DE DESPLAZAMIENTO Y AMENAZAS, A QUIEN SE LE NEGÓ TRASLADO DE LUGAR DE TRABAJO
La Sala Cuarta de Revisión amparó los derechos a la vida, integridad personal, debido proceso, trabajo, al acceso y permanencia en la función pública y unidad familiar de Carlota, una funcionaria de carrera administrativa en la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia de Bogotá, quien solicitó traslado o reubicación laboral por desplazamiento forzado a otra ciudad.
VACANCIA JUDICIAL EMPIEZA EL 20 DE DICIEMBRE
la Ley 31 de 1971 y la Ley 270 de 1996 habla que la mayoría de juzgados, tribunales y altas cortes entrarán en vacaciones colectivas a partir del miércoles 20 de diciembre y retomarán sus labores el jueves 11 de enero del 2023.
Durante este periodo, únicamente prestarán sus servicios la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), las salas administrativas de los consejos superiores y seccionales de la judicatura, los juzgados de conocimiento para adolescentes, promiscuos de familia, jurisdicción penal con categoría de municipal, los juzgados penales del circuito especializados y los de ejecución de penas y medidas de seguridad, quienes tienen vacaciones individuales y por turnos.
LA CORTE EXHORTA AL GOBIERNO NACIONAL REGLAMENTAR LA LEY QUE DEFINIÓ LA OBESIDAD Y ENFERMEDA
La decisión versó sobre la problemática de la enfermedad de obesidad, según la Ley 1355 de 2009. Se estudió la acción de tutela que presentó Antonia contra Nueva EPS, como quiera que esa entidad se negó a realizarle una valoración multidisciplinaria que determinara si ella era apta para la práctica de una cirugía bariátrica. La negativa del servicio médico constituyó una vulneración de los derechos a la salud, la vida digna y el mínimo vital de Antonia.
LA CORTE AMPARA DERECHOS A CIUDADANO DE NACIONALIDAD VENEZOLANA EN CONDICIÓN DE HABITANZA DE CALLE A QUIEN LE FUERON NEGADOS PROCEDIMIENTOS MÉDICOS TRAS SUFRIR ACCIDENTE
La Corte Constitucional recordó que las personas habitantes de calle enfrentan barreras para el acceso al sistema de salud. En el caso de las personas extranjeras, la falta de la regularización migratoria se convierte en un obstáculo adicional para el acceso a dicho sistema. Esta circunstancia demanda la adopción de acciones afirmativas por parte del Estado para asegurar el goce de los derechos fundamentales de esta población. En consecuencia, las autoridades están obligadas a garantizar la prestación de servicios de salud y a promover la regularización de la situación migratoria de estas personas.