LA CORTE CONSTITUCIONAL EXPLICA LA SENTENCIA C-321 DE 2022 SOBRE LAS OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS DE LOS VEHÍCULOS Y SU PROTECCIÓN DEL DERECHO AL DEBIDO PROCESO CUANDO SE IMPONEN COMPARENDOS
La Sentencia C-321 de 2022 (con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar) explica que de la función social de la propiedad se deriva una obligación de cuidado y vigilancia en cabeza los propietarios de vehículos y precisa que el solo hecho de imponer un comparendo no implica la imposición automática de la sanción al propietario, pues, en todo caso, debe adelantarse un proceso en que debe probarse la responsabilidad del propietario.
EL CONSEJO DE ESTADO NIEGA SOLICITUD QUE BUSCABA SUSPENDER REGULACIÓN DE LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO, MEDIANTE MEDIDA CAUTELAR DE URGENCIA
A través de un auto de ponente, el Consejo de Estado negó una solicitud de medida cautelar de urgencia que buscaba la suspensión de la Resolución por medio de la cual se expidió la regulación única para la atención integral en salud frente a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, IVE, que adoptó el Ministerio de Salud y Protección Social el 12 de enero de 2023. Por lo anterior, la petición se tramitará a través del procedimiento ordinario para decidir las medidas cautelares, lo que implica correr traslado a la parte demandada, antes de determinar si procede o no otorgar la medida precautelativa.
LA CORTE HACE ENFASÍS EN LA PROTECCION DEL DERECHO A LA PENSIÓN DE VEJEZ DE ADULTO MAYOR
La Corte Constitucional protegió los derechos fundamentales a la igualdad, a la seguridad social, al debido proceso y al mínimo vital de una ciudadana a quien Colpensiones negó el reconocimiento de su pensión de vejez.
NO PUEDE LEVANTARSE LA DECLARATORIA DE VIVIENDA FAMILIAR DE UN INMUEBLE SOLO POR LA EXISTENCIA DE UN TERCERO PERJUDICADO POR EL PAGO DE UNA DEUDA
La Sala Tercera de Revisión estudió la tutela contra providencia judicial que presentó una ciudadana en contra de la decisión de una jueza de Bogotá que, en el 2019, ordenó el levantamiento de la afectación a vivienda familiar de un inmueble de su propiedad.
LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR DEBEN ADOPTAR PROTOCOLOS PARA GARANTIZAR EL DERECHO A LA EDUCACIÓN DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD
La Corte Constitucional advirtió sobre la importancia de que las instituciones de educación superior se comprometan con la materialización del derecho a la educación de las personas en situación de discapacidad, teniendo en cuenta que para ellos resulta más difícil acceder y permanecer en los programas que se ofrecen a este nivel.
CORTE PROTEGE DERECHO A LA SALUD DE MENOR DE EDAD CUYA FAMILIA NO CUENTA CON LOS RECURSOS ECONÓMICOS PARA TRASLADARLO DENTRO DEL MISMO MUNICIPIO AL LUGAR DE LAS TERAPIAS FÍSICAS
La Corte Constitucional protegió los derechos de un niño de dos años, a quien su EPS le negó la autorización de transporte intraurbano con el fin de que pudiera asistir a las terapias que exige el déficit en el neurodesarrollo y la torticolis congénita que padece y que le fueron prescritas por su médico tratante en una IPS de Cartagena. La EPS argumentó que el transporte intraurbano no está incluido dentro del Plan de Beneficios en Salud (PBS) y tampoco había sido prescrito en una orden médica, pese a que la madre del niño alegó no tener recursos económicos para asumir ese gasto.