CORTE CONSTITUCIONAL ORDENA A UNA ENTIDAD EL REINTEGRO DE UN AUXILIAR DE ENFERMERÍA AL DESCONOCER SU ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA DE LA QUE ES TITULAR POR SU CONDICIÓN DE SALUD
Así lo concluyó la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional luego de conocer el caso de una auxiliar de enfermería que interpuso una tutela en contra de Hospital en Casa S.A.S., debido a que esta empresa terminó su contrato laboral de ocho años sin justa causa y sin que mediara autorización del Ministerio del Trabajo. Lo anterior en desconocimiento de la estabilidad laboral reforzada de la que la accionante es titular en virtud de su condición de salud, al estar diagnosticada con una serie de enfermedades de origen laboral, y de las cual era conocedora la empresa.
EL CONSEJO DE ESTADO SE PRONUNCIO SOBRE LA PRUEBA DE LOS COSTOS Y DEDUCCIONES EN LOS IMPUESTOS DE RENTA
La Sección Cuarta del señaló que los costos y deducciones no pueden rechazarse por falta de discriminación del IVA en las facturas que soportan su solicitud por esta razón para la procedencia de costos y deducciones en el impuesto sobre la renta, el artículo 771-2 del ESTATUTO TRIBUTARIO exige que estén soportados en facturas o documentos equivalentes con el lleno de los requisitos establecidos en la legislación fiscal.
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA HACE REFERENCIA AL SISTEMA DE LIQUIDACIÓN DEL EXCEDENTE DE LIBRE DISPONIBILIDAD QUE DERIVA A UNA MESADA PENSIONAL INFERIOR NO COMPORTA LA RENUNCIA DE DERECHOS MÍNIMOS
La Sala de Casación Laboral hace referencia en su 85 de la Ley 100 de 1993 a los sistemas de liquidación del precepto 21 ibidem, no debe desnaturalizar la estructura y filosofía del régimen de ahorro individual con solidaridad -RAIS (CSJ SL1059-2018), el artículo 85 en estudio simple y llanamente contempla que debe garantizarse que la pensión de vejez, además de corresponder al 110% del salario mínimo y no exceder 15 veces este monto, sea “mayor o igual al setenta por ciento (70%) del ingreso base de liquidación”, de modo que el afiliado en caso de que tenga un número de semanas tal que permita calcular el IBL con ambos sistemas de liquidación como sucede en este caso, pueda optar por cualquiera de ellos a fin de ponderar el cumplimiento del supuesto normativo.
CORTE AMPARA LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE UNA NIÑA LA CUAL EL CONSEJO DE ESTADO LE NEGO LA REPARACION POR MUERTE DE SU PADRE, QUIEN EN VIDA NO RECONOCIO SU PATERNIDAD
La Sala Plena de la Corte Constitucional conoció la acción de tutela promovida por la madre de una menor de edad, con el fin de que se salvaguardaran los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y a la prevalencia de las garantías de la niña, los cuales consideraba trasgredidos por la sentencia del 5 de marzo de 2021, proferida por la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado.
EL CONSEJO DE ESTADO INFORMA CUANDO LA RADICACION DE LA DEMANDA DESDE UNA CUENTA DE CORREO ELECTRONICO DISTINTA LA INFORMADA COMO CANAL DIGITAL DE NOTIFICACION
La ley procesal aplicable, en relación con la materia, esto es, los arts. 162 y 164 CPACA y 6º Ley 2213 de 2022, no exige que el escrito de demanda deba ser radicado desde la dirección electrónica provista por el demandante, para efectos de su notificación.
FISCALÍA TENDRÁ QUE FORMAR A SUS FUNCIONARIOS PARA QUE GARANTICEN LOS DERECHOS DE LAS MUJERES EN CASOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
La Corte Constitucional ordenó a la Fiscalía General de la Nación poner en marcha un plan de formación de sus funcionarios para garantizar que en las investigaciones por violencia intrafamiliar contra las mujeres se respeten los siguientes preceptos