Establecen posibilidad de que entre las mismas personas que conforman pareja se configuren dos universalidades jurídicas UNIÓN MARITAL DE HECHO - Régimen económico: pese a la disolución de la sociedad patrimonial mediante conciliación, no se presenta la separación física y definitiva de los compañeros, sino que estos continúan la relación personal durante el tiempo suficiente para que se genere -de nueva cuenta- la comunidad de bienes, respetando los hitos temporales que aquel acto jurídico estableció.